Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 44

De Ganadería (Especiales, abrogada)· Título Primero › Capítulo IV

Las Asociaciones Ganaderas Locales y la Unión Ganadera Regional de Jalisco, tendrán personalidad jurídica y el Ejecutivo del Estado les dará todo el apoyo que requieran para la realización de sus finalidades.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.