Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 272

Código Urbano para el Estado de Jalisco· Título Noveno. DE LA ACCIÓN URBANÍSTICA › Capítulo III. De la ejecución de obras de urbanización

Cuando los predios en los que se autorice realizar las obras de urbanización o bien en los que vaya a llevarse a cabo su primera etapa, no colinde con una zona urbanizada, los trabajos se iniciarán por la construcción de la vialidad de liga y la conexión de los servicios necesarios, debiéndose realizar las gestiones administrativas que marca el presente Código, así como otros ordenamientos en la materia.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.