Con base en los programas de desarrollo urbano, el estado y los municipios, formularán sus programas de requerimientos inmobiliarios, que entre otras consideraciones, contengan los lugares y superficies de suelo necesarios para la realización de sus programas, beneficiarios, tipo de acciones, costos y medios de financiamiento.
Artículo 192
Código Urbano para el Estado de Jalisco· Título Séptimo. DEL SUELO Y LAS RESERVAS TERRITORIALES › Capítulo I. De las políticas y programas de suelo y reservas territoriales
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