Capítulo XDe la Suspensión de Derechos, Oficio o Profesión y Destitución o Suspensión de Funciones o Empleos
Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco · arts. 41 a 43
Artículos
- Art. 41La suspensión consiste en la pérdida temporal de derechos. La destitución consiste en la privación definitiva del empleo, cargo o…
- Art. 42La suspensión de derechos es de dos clases: I. La que por ministerio de la ley resulta de una sanción como consecuencia necesaria…
- Art. 43La sanción de prisión por delito doloso produce la suspensión de los derechos políticos y los de tutor, curador, apoderado…