167 1. Los ciudadanos que aspiren a participar como Candidatos Independientes, deberán satisfacer, además de los requisitos señalados por la Constitución Estatal, los establecidos en los artículos 8, 10, 11 y relativos de este Código, según la elección de que se trate.
Artículo 706
Código Electoral del Estado de Jalisco· Libro Octavo. De las Candidaturas Independientes › Título Segundo. Del Proceso de Selección de Candidatos Independientes › Capítulo Sexto. Del Registro de Candidatos Independientes › Sección Primera. De los Requisitos de Elegibilidad
Conexiones dentro de la misma norma
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.