Traducida la ejecutoria en la forma prevista por la ley, se presentará al juzgado competente para su ejecución, pero previamente, con audiencia del Agente de la Procuraduría Social, se examinará su autenticidad y si conforme a las leyes nacionales debe o no ser ejecutada.
Artículo 517
Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco· Título Octavo. De la Ejecución de las Sentencias › Capítulo II. De la Ejecución de Sentencias y demás Resoluciones Dictadas por los Tribunales de los Estados, del Distrito Federal y del Extranjero
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