Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 420 Bis

Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco· Título Sexto. Del Juicio Ordinario › Capítulo VI. De los Alegatos y Citación para Sentencia

Causan estado por declaración judicial:

I. Las sentencias consentidas expresamente por las partes o por sus abogados patronos o por sus representantes con poder o cláusula especial;

II. Las sentencias respecto de las cuales hecha la notificación en forma no se interponga recurso en la forma y término señalado por la ley; y III. Las sentencias respecto de las cuales se interpuso recurso, pero no se expresaron agravios en forma y términos legales o que se desistió de él el recurrente, su abogado patrono o su representante con poder o cláusula especial.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.