Capítulo IDisposiciones Generales
Código Civil del Estado de Jalisco · arts. 18 a 23
Artículos
- Art. 18‑ Persona física es todo ser humano.
- Art. 19‑ La personalidad jurídica es uno de los atributos de la persona física, se adquiere por el nacimiento viable y se extingue por…
- Art. 20‑ Sólo a la ley le corresponde regular la capacidad e incapacidad de las personas, tanto de goce, como de ejercicio: Hay…
- Art. 21La capacidad jurídica es la regla, y la incapacidad puede ser natural o legal, en los términos que dicte ley.
- Art. 22La minoría de edad y el estado de interdicción, son restricciones a la capacidad de ejercicio.
- Art. 23Derogado.