‑ Los bienes son de dominio público o de propiedad de los particulares.
Artículo 812
Código Civil del Estado de Jalisco· Libro Tercero. De los bienes, su propiedad y sus diferentes manifestaciones › Título Segundo. Clasificación de los bienes integrantes del patrimonio económico › Capítulo III. De los bienes considerados según las personas a quienes pertenecen
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