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Artículo 704

Código Civil del Estado de Jalisco· Libro Segundo. De las Personas y de las Instituciones de Familia › Título Noveno. De la Tutela y la Representación › Capítulo XI. Reglas sobre la administración de bienes

‑ Mientras que se hacen las imposiciones del capital, el tutor con intervención del Juez, depositará las cantidades que se perciban en una institución bancaria procurando obtener el mayor rendimiento posible considerando también la pronta liquidez.

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Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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