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Artículo 2068

Código Civil del Estado de Jalisco· Libro Quinto. De las diversas especies de contratos › Título Sexto. Del arrendamiento › Capítulo V. Del arrendamiento de bienes muebles

‑ Aún cuando la pérdida o deterioro sobrevengan por caso fortuito, serán a cargo del arrendatario si éste usó el bien de un modo no conforme con el contrato, y sin cuyo uso no habría sobrevenido el caso fortuito.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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