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Artículo 1452

Código Civil del Estado de Jalisco· Libro Cuarto. De las obligaciones › Título Segundo. Modalidades de las obligaciones › Capítulo I. De las obligaciones condicionales

‑ Las condiciones imposibles, las prohibidas por la ley o que sean contrarias a las buenas costumbres, anulan la obligación que de ellas dependa.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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