Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Capítulo VIIIDel subarriendo

Código Civil del Estado de Jalisco (anterior) · arts. 2398 a 2399

Artículos

  • Art. 2398El arrendatario no puede subarrendar la cosa arrendada en todo, ni en parte, ni ceder sus derechos sin consentimiento del…
  • Art. 2399Si el subarriendo se hiciere en virtud de la autorización general concedida en el contrato, el arrendatario será responsable al…