Capítulo IIIDel contrato de obras a precio alzado
Código Civil del Estado de Jalisco (anterior) · arts. 2542 a 2571
Artículos
- Art. 2542El contrato de obras a precio alzado, cuando el empresario dirige la obra y pone los materiales, se sujetará a las reglas…
- Art. 2543Todo el riesgo de la obra correrá a cargo del empresario hasta el acto de la entrega, a no ser que hubiere morosidad de parte del…
- Art. 2544Siempre que el empresario se encargue por ajuste cerrado de la obra en cosa inmueble cuyo valor sea de más de cien pesos, se…
- Art. 2545Si no hay plano, diseño o presupuesto para la ejecución de la obra y surgen dificultades entre el empresario y el dueño, serán…
- Art. 2546El perito que forme el plano, diseño o presupuesto de una obra, y la ejecute, no puede cobrar el plano, diseño o presupuesto…
- Art. 2547Cuando se haya invitado a varios peritos para hacer planos, diseños o presupuestos, con el objeto de escoger entre ellos el que…
- Art. 2548En el caso del artículo anterior, podrá el autor del plano, diseño o presupuesto aceptado, cobrar su valor cuando la obra se…
- Art. 2549El autor de un plano, diseño o presupuesto que no hubiere sido aceptado, podrá también cobrar su valor si la obra se ejecutare…
- Art. 2550Cuando al encargarse una obra no se ha fijado precio, se tendrá por tal, si los contratantes no estuviesen de acuerdo después, el…
- Art. 2551El precio de la obra se pagará al entregarse ésta, salvo convenio en contrario.
- Art. 2552El empresario que se encargue de ejecutar alguna obra por precio determinado, no tiene derecho de exigir después ningún aumento…
- Art. 2553Lo dispuesto en el artículo anterior, se observará también cuando haya habido algún cambio o aumento en el plano o diseño, a no…
- Art. 2554Una vez pagado y recibido el precio, no ha lugar a reclamación sobre él, a menos que al pagar o recibir, las partes se hayan…
- Art. 2555El que se obliga a hacer una obra por ajuste cerrado, debe comenzar y concluir en los términos designados en el contrato, y en…
- Art. 2556El que se obligue a hacer una obra por piezas o por medida, puede exigir que el dueño la reciba en partes y se la pague en…
- Art. 2557La parte pagada se presume aprobada y recibida por el dueño; pero no habrá lugar a esa presunción solamente porque el dueño haya…
- Art. 2558Lo dispuesto en los dos artículos anteriores, no se observará cuando las piezas que se manden construir no pueden ser útiles…
- Art. 2559El empresario que se encargue de ejecutar alguna obra, no puede hacerla ejecutar por otro, a menos que se haya pactado lo…
- Art. 2560Recibida y aprobada la obra por el que la encargó, el empresario es responsable de los defectos que después aparezcan y que…
- Art. 2561El dueño de una obra ajustada por un precio fijo, puede desistir de la empresa comenzada, con tal que indemnice al empresario de…
- Art. 2562Cuando la obra fue ajustada por peso o medida, sin designación del número de piezas o de la medida total, el contrato puede…
- Art. 2563Pagado el empresario de lo que le corresponde, según los dos artículos anteriores, el dueño queda en libertad de continuar la…
- Art. 2564Si el empresario muere antes de terminar la obra, podrá rescindirse el contrato; pero el dueño indemnizará a los herederos de…
- Art. 2565La misma disposición tendrá lugar si el empresario no puede concluir la obra por alguna causa independiente de su voluntad.
- Art. 2566Si muere el dueño de la obra, no se rescindirá el contrato, y sus herederos serán responsables del cumplimiento para con el…
- Art. 2567Los que trabajen por cuenta del empresario o le suministren material para la obra, no tendrán acción contra el dueño de ella…
- Art. 2568El empresario es responsable del trabajo ejecutado por las personas que ocupe en la obra.
- Art. 2569Cuando se conviniere que la obra deba hacerse a satisfacción del propietario o de otra persona, se entiende reservada la…
- Art. 2570El constructor de cualquiera obra mueble tiene derecho de retenerla mientras no se le pague, y su crédito será cubierto…
- Art. 2571Los empresarios constructores son responsables, por la inobservancia de las disposiciones municipales o de policía y por todo…