Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 811

Código Civil del Estado de Jalisco (anterior)· Libro Segundo. DE LOS BIENES › Título Segundo. CLASIFICACION DE LOS BIENES › Capítulo III. De los bienes considerados según las personas a quienes pertenecen

Los bienes de uso común son inalienables e imprescriptibles. Pueden aprovecharse de ellos todos los habitantes, con las restricciones establecidas por la ley; pero para aprovechamientos especiales se necesita concesión otorgada con los requisitos que prevengan las leyes respectivas.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.