El Registro Público de la Propiedad es la Institución mediante la cual el Estado proporciona los servicios de dar publicidad a los actos jurídicos que conforme a la Ley precisan de ese requisito para surtir efectos contra terceros, y la regularización de la propiedad inmueble mediante su incorporación a la propia Institución.
El Ejecutivo del Estado mediante el reglamento respectivo, designarán las poblaciones en que deban funcionar las Oficinas Registrales.