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Artículo 2744

Código Civil del Estado de Jalisco (anterior)· Libro Cuarto. DE LAS OBLIGACIONES › Título Decimo Tercero. De la fianza › Capítulo II. De los efectos de la fianza entre el fiador y el acreedor

El fiador no puede ser compelido a pagar al acreedor, sin que previamente sea reconvenido el deudor y se haga la excusión de sus bienes.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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