Capítulo XVDe las Providencias Cautelares
Ley Federal del Trabajo · arts. 857 a 864
Artículos
- Art. 857El secretario instructor del Tribunal, a petición de parte, podrá decretar las siguientes providencias cautelares: I. Prohibición…
- Art. 858Las providencias cautelares señaladas en las fracciones I y II del artículo anterior podrán ser solicitadas al presentar la…
- Art. 859El arraigo se decretará de plano y su efecto consistirá en prevenir al demandado que no se ausente del lugar de su residencia…
- Art. 860La persona que quebrante el arraigo decretado, será responsable del delito de desobediencia a un mandato de autoridad. Para este…
- Art. 861Para decretar un embargo precautorio, se observarán las normas siguientes: I. El solicitante determinará el monto de lo demandado…
- Art. 862En el caso de la fracción II del artículo anterior, se considerará necesaria la providencia, cuando el solicitante compruebe que…
- Art. 863La providencia se llevará a cabo aún cuando no esté presente la persona contra quien se dicte. El propietario de los bienes…
- Art. 864Se deroga.