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Artículo 946

Ley Federal del Trabajo· Título Quince. Procedimientos de Ejecución › Capítulo I › Sección Primera. Disposiciones Generales

La ejecución deberá despacharse para el cumplimiento de un derecho o el pago de cantidad líquida, expresamente señalados en la sentencia o convenio a ejecutar, entendiéndose por ésta, la cuantificada en éstas.

Artículo adicionado DOF 04-01-1980. Reformado DOF 01-05-2019

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