Es causa especial de suspensión de las relaciones de trabajo, sin responsabilidad para el patrón, la suspensión transitoria de las licencias respectivas, de los pasaportes, visas y demás documentos exigidos por las leyes nacionales y extranjeras cuando sea imputable al tripulante.
Artículo 243
Ley Federal del Trabajo· Título Sexto. Trabajos Especiales › Capítulo IV. Trabajo de las tripulaciones aeronáuticas
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