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Artículo 22 Bis

Ley Federal del Trabajo· Título Segundo. Relaciones Individuales de Trabajo › Capítulo I. Disposiciones generales

Queda prohibido el trabajo de menores de quince años; no podrá utilizarse el trabajo de mayores de esta edad y menores de dieciocho años que no hayan terminado su educación básica obligatoria, salvo los casos que apruebe la autoridad laboral correspondiente en que a su juicio haya compatibilidad entre los estudios y el trabajo.

Artículo adicionado DOF 30-11-2012. Reformado DOF 12-06-2015

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