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Artículo 150

Ley Federal del Trabajo· Título Cuarto. Derechos y Obligaciones de los Trabajadores y de los Patrones › Capítulo III. Habitaciones para los trabajadores

Cuando las empresas proporcionen a sus trabajadores casa en comodato o arrendamiento no están exentas de contribuir al Fondo Nacional de la Vivienda, en los términos del artículo 136. Tampoco quedarán exentas de esta aportación respecto de aquellos trabajadores que hayan sido favorecidos por créditos del fondo.

Artículo reformado DOF 24-04-1972

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: 136

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.