El patrimonio del Organismo se constituirá con:
I. Los muebles, inmuebles, numerario y demás bienes que el Gobierno Federal, el del Estado y los de los Municipios le aporten para la prestación del servicio público a su cargo;
II. Los rendimientos que obtenga de la prestación del servicio público a su cargo;
III. Los subsidios, subvenciones, aportaciones y demás ingresos provenientes de los gobiernos federal, estatal y municipales, para el cumplimiento de sus objetivos; y IV. Los frutos que perciba de sus bienes y servicios, así como los donativos, aportaciones o legados que obtenga o reciba por cualquier medio legal.