Son facultades del área criminológica las siguientes:
I. Realizar el estudio integral de la personalidad del interno, considerando para ello los aspectos biológicos, psicológicos y sociales del mismo;
II. Efectuar los estudios criminológicos iniciales de los internos, a fin de establecer la clasificación criminológica y determinar el riesgo institucional de los mismos;
III. Compilar y analizar los reportes de seguimiento del resto de las áreas técnicas, para la actualización de los criminodiagnósticos, por lo menos cada seis meses y cuando sea requerido por alguna autoridad competente, debiendo enviar copia de los mismos a las jefaturas jurídica y técnica, para que se integren al expediente único;
IV. Elaborar en forma oportuna, previo a la realización de las sesiones de Consejo Técnico, los dictámenes de los casos que serán analizados;
V. Elaborar y mantener actualizado el registro estadístico, cuyas variables correspondan al perfil delictivo del interno;
VI. Participar con derecho a voz en las sesiones del Consejo Técnico; y VII. Las demás que le confieran otras disposiciones legales aplicables en la materia.