Las faltas que cometan los preceptores y preceptoras contra lo prevenido en este reglamento, serán castigadas por las comisiones respectivas, con rebajas proporcionadas de sus sueldos; más cuando estas no bastaren, se dará cuenta a la Junta Directiva para su remoción, o la providencia que estime conveniente: en las faltas que cometan contra la moral y buenas costumbres, se observará lo prevenido en el art. 3º. del plan que arregla la enseñanza primaria Del método para la enseñanza en las escuelas de niños
Artículo 11
Reglamento para las Escuelas de Primera Educación (1839) (Educación, abrogada)
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.