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Artículo 2

Reglamento para la Contratación y el Desempeño del Personal Supernumerario del Poder Legislativo del Estado de Jalisco· Capítulo I. DISPOSICIONES GENERALES

Para los efectos de este reglamento, se entiende por:

I. Comisión: Comisión de Administración del Congreso del Estado de Jalisco;

II. Dirección: Dirección de Administración y Recursos Humanos de la Secretaría General del Congreso del Estado;

III. Inventario de nombramientos: Relación numérica de nombramientos temporales por tiempo determinado que contiene de forma particularizada el monto de los salarios y prestaciones anualizadas así como la jornada de trabajo asignada por la Comisión, con estricta sujeción a la disponibilidad presupuestal contenida en el Presupuesto de Egresos del Congreso del Estado para el ejercicio fiscal correspondiente;

IV. Nombramiento: Nombramiento temporal por tiempo determinado, denominado genéricamente supernumerario;

V. Ley: Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios;

VI. Reglamento: Reglamento de Ingreso del Personal Supernumerario del Congreso del Estado;

VII. Servidores Públicos: Funcionarios y empleados públicos con funciones de confianza con nombramiento supernumerario temporal por tiempo determinado previstos por el artículo 3º y 5º de la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios; y VIII. Tabulador: Documento que contiene la escala de remuneraciones mínimas y máximas correspondientes a las categorías de nombramientos.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: 3

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.