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Capítulo V

Reglamento para el control de quienes hayan obtenido el beneficio de la Suspensión Condicional de la Pena en el Estado de Jalisco · arts. 13 a 15

Artículos

  • Art. 13La Dirección General de Prevención y Readaptación Social, para fines de control y diseño de la política criminológica del Estado…
  • Art. 14El sujeto que se encuentre gozando del beneficio de la suspensión condicional de la pena, está obligado a comunicar a la…
  • Art. 15Para el debido control de las condenas condicionales, se procederá permanentemente a confrontar los datos que contenga el…