Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 62

Reglamento Orgánico y Manual de Adquisiciones y Enajenaciones del SIAPA· Capítulo VI. DE LAS DIRECCIONES

La Subdirección de Alcantarillado cuenta con las siguientes atribuciones y funciones:

I. Coordinar la supervisión y ejecución en campo de las obras nuevas, de las de ampliación y de rehabilitación de la infraestructura de alcantarillado;

II. Coordinar el Plan Preventivo del tiempo de lluvias;

III. Analizar estudios de las zonas de inundación en el nivel de cuencas, con base en la infraestructura de colectores existente y proponer alternativas de solución;

IV. Supervisar con carácter operativo los estudios técnicos de las redes y estructuras de alcantarillado y analizar las alternativas que se presenten por áreas técnicas y operativas internas o externas al SIAPA para mejorar el servicio de alcantarillado en zonas deficientes;

V. Coordinar con los Ayuntamientos de la zona de cobertura del SIAPA y Obras Públicas del Estado la realización de nuevos proyectos y obras en colonias de nueva incorporación al Organismo;

VI. Coordinar acciones con dependencias Municipales, Estatales y Federales en circunstancias de contingencia donde se vea involucrado y/o afectado el sistema de alcantarillado a cargo del SIAPA;

VII. Coordinar la actualización del padrón de redes de alcantarillado correspondientes a la zona de cobertura del SIAPA;

VIII. Autorizar las descargas e interconexiones al sistema existente en zonas de ampliación y abras nuevas;

IX. Dar opinión con respecto a los estudios técnicos para determinar zonas de infiltración donde la construcción de pozos de absorción sea factible;

X. Desazolvar y limpiar las líneas generales de alcantarillado y estructuras accesorias;

XI. Instalar albañales nuevos y en su caso, realizar su reposición, así como cancelar albañales y líneas de alcantarillado clandestinos;

XII. Reparar las líneas y estructuras de alcantarillado e informar al Centro de Atención Telefónica de lo realizado;

XIII. Efectuar la reparación de concretos, adoquines, empedrados y banquetas destruidos en la corrección de los desperfectos de la red de alcantarillado e informar a los ayuntamientos de las reparaciones correspondientes al asfalto;

XIV. Proponer y realizar en su caso, obras complementarias y accesorias en zonas carentes de alcantarillado;

XV. Efectuar la revisión interna de las líneas generales de alcantarillado, así como ejecutar el Programa de Sustitución de Redes de Alcantarillado y el Programa preventivo y Correctivo de Desazolve de los Sifones y pasos a desnivel;

XVI. Ejecutar inspecciones técnicas de alcantarillado en colonias de nueva incorporación y ya existentes;

XVII. Proponer obras de captación para la infiltración de las aguas pluviales;

XVIII. Construir pozos de visita para mejorar el mantenimiento de la red; 39 XIX. Rehabilitar y reparar las líneas y estructuras de alcantarillado mediante la tecnología de mangas;

XX. Gestionar permisos de la Secretaría de Vialidad y Transporte, Ayuntamientos, Organismos Descentralizados y Empresas de Servicio para realizar trabajos cercanos a su infraestructura y/o obstruir provisionalmente las calles para efectuar las rehabilitaciones, sustituciones y/o reparaciones de redes y estructuras de alcantarillado a cargo del SIAPA;

XXI. Realizar la limpieza de líneas para drenaje a través de hidrolimpiadores; y XXII. Efectuar la revisión interna de las líneas generales de alcantarillado, con cámaras de video inspección de alta eficiencia y fidelidad de imágenes, así como ejecutar el Programa de sustitución de Redes de Alcantarillado.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.