A cargo de cada una de las Direcciones habrá un Director, nombrado por el Director General, quien asumirá su encargo y será el responsable de su correcto funcionamiento. Los Directores de Área serán auxiliados por las Superintendencias, Subdirecciones, Jefaturas de Sección y demás personal que presten sus servicios en la Dirección a su cargo.
Artículo 22
Reglamento Orgánico y Manual de Adquisiciones y Enajenaciones del SIAPA· Capítulo V. DE LAS ATRIBUCIONES GENERALES DE LOS DIRECTORES
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.