Capítulo IXDE LA JUNTA INTERDISCIPLINARIA
Reglamento Orgánico del Hogar Cabañas · arts. 38 a 49
Artículos
- Art. 38La Junta Interdisciplinaria estará integrada por: I. El presidente de la Junta de Gobierno o la persona que designe de entre sus…
- Art. 39La Junta sesionará de manera ordinaria cuando menos una vez cada quince días, previa convocatoria del Director, siendo facultad…
- Art. 40La Junta será presidida por el Director, y será dirigida por el Coordinador del Departamento de Trabajo Social, quien informará…
- Art. 41La relación de movimientos se refiere a los ingresos, bajas y adopciones de los menores bajo custodia del Hogar, y deberán…
- Art. 42Se informará sobre las personas o familiares que se presentaron en la semana señalando los datos sobresalientes obtenidos en la…
- Art. 43En cuanto al estudio de casos de los menores, se presentarán los resultados de las investigaciones de campo que se realizaron así…
- Art. 44El estudio de bajas de los menores se realizará cuando: I. El menor muestre problemas de conducta y desadaptación al Hogar, se…
- Art. 45El Subdirector Técnico Educativo informará a la Junta sobre acontecimientos relevantes de los menores en su proceso de adaptación…
- Art. 46El Departamento de Psicología intervendrá en la Junta para: I. Proponer casos de menores con supervisión en visitas que se dan de…
- Art. 47Las determinaciones serán acatadas por cada departamento según corresponda y las acciones serán supervisadas por el Director del…
- Art. 48De igual manera el Director podrá presentar casos a estudio que serán considerados conforme corresponda a cada departamento.
- Art. 49Los acuerdos tomados en la Junta serán plasmados por escrito en las bitácoras de cada uno de sus miembros así como por el…