El personal voluntario a quien se le encomiende el cuidado de un niño en una salida del Hogar deberá llenar una solicitud para tal efecto y haber participado en las actividades del Hogar como voluntario cuando menos un año anterior a su solicitud, con la finalidad de asegurar ser una persona de buenas costumbres y honorable.
Artículo 153
Reglamento Orgánico del Hogar Cabañas· Título Octavo. DE LAS SALIDAS GENERALES O GRUPALES DE LOS MENORES › Capítulo III. DE LAS SALIDAS CON PERSONAL VOLUNTARIO
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