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Artículo 4

Reglamento Marco de Información Pública· Título Segundo. De los Sujetos Obligados › Capítulo I. De los Sujetos Obligados

Son sujetos obligados independientes entre sí, todos los mencionados por el artículo 23 de la Ley, sin embargo, en virtud de acuerdo emitido por el superior jerárquico común a ellos, podrá concentrarse en sola Unidad y Comité para todos éstos, dicho acuerdo deberá ser remitido al Instituto para su registro.

En caso de no generar acuerdo de concentración se estará a lo siguiente:

I. En el Poder Legislativo una sola Unidad y Comité tendrá las obligaciones de los sujetos señalados en el artículo 23 punto 1 fracción I, de la Ley, a excepción de la Auditoría Superior del Estado que tendrá independencia en lo que respecta al derecho a la información pública;

II. El Poder Ejecutivo, en términos del artículo 4° fracción II del Reglamento de la Ley, las Secretarías, asumen las funciones de Unidad y Comité de sus organismos públicos desconcentrados, y fideicomisos públicos, mientras que los demás tendrán la propia; 2 III. En el Poder Judicial, los juzgados de primera instancia, menores y de paz a que se refiere el artículo 23 fracción III inciso b) de la Ley, el Consejo de la Judicatura asumirá la concentración de la Unidad y Comité de Clasificación, el resto de los sujetos obligados inmersos en el Poder Judicial contarán con Unidad y Comité propios;

IV. Los órganos constitucionales autónomos concentrarán en una sola Unidad y Comité las obligaciones en materia de información pública y protección de datos personales, respectivamente;

V. Los municipios, establecerán las obligaciones de los sujetos obligados a los que hace mención el artículo 23 fracción VII, de la Ley, a excepción de los organismos públicos descentralizados municipales, por una sola Unidad de Transparencia y Comité de Transparencia; y VI. Las personas referidas en el artículo 23 fracción XI de la Ley, estarán sujetas a la normatividad aplicable y/o que regula la recepción del subsidio o vinculación con los recursos públicos, ligándose con la autoridad o dependencia gubernamental en el trámite de las solicitudes de información única y exclusivamente sobre los recursos públicos que reciban, manejen o apliquen.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: 23

Lo citan: 3