Para matricularse en las materias de los años que siguen al primero, es indispensable haber sido examinado y aprobado en todas las del año anterior.
Artículo 27
Reglamento Interior de las Escuelas Normales de Profesores (1915) (Educación, abrogada)· Capítulo IV. De las matrículas e inscripciones
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: 29