Son reconocimientos sociales, las cartas o diplomas que tienen por objeto citar, hacer mención honorífica o de cualquier manera hacer distinción de la perseverancia o el mérito profesionales de los elementos de las dependencias o entidades que presenten tales cualidades, mismos, que se verán traducidos en puntajes conforme a lo establecido por el servicio civil de carrera.
El presidente de la Comisión y el titular de la dependencia o entidad, signarán este tipo de reconocimientos.