Serán sujetos de las disposiciones de este Reglamento los siguientes:
I. Los alumnos;
II. Las dependencias;
III. Los elementos operativos;
IV. Las instituciones formativas; y V. Los municipios, atendiendo a los convenios respectivos.
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Reglamento Interinstitucional de Profesionalización en materia de Seguridad Pública· Título Primero. Disposiciones Generales › Capítulo Único
Serán sujetos de las disposiciones de este Reglamento los siguientes:
I. Los alumnos;
II. Las dependencias;
III. Los elementos operativos;
IV. Las instituciones formativas; y V. Los municipios, atendiendo a los convenios respectivos.
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.