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Artículo 24

Reglamento Interinstitucional de Profesionalización en materia de Seguridad Pública· Título Tercero. De la Formación Profesional › Capítulo II. Del Área Académica

Los planes de estudio deben contener al menos los siguientes apartados:

I. Fundamentos del proyecto;

II. Metodología empleada en el diseño curricular;

III. Perfil del egresado;

IV. Requisitos escolares previos o antecedentes necesarios para la aceptación de alumnos;

V. Estructural del plan de estudios;

VI. Valor en créditos de cada asignatura o módulo y del plan completo;

VII. Tiempo de duración en períodos académicos del plan de estudios;

VIII. Programas de cada asignatura o módulo;

IX. Criterios para la implantación del plan de estudios;

X. Requisitos académicos complementarios para la obtención del título, diploma o constancia correspondiente; y XI. Mecanismos para la evaluación y actualización del plan de estudios.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.