Los predios o lotes y las edificaciones construidas en las zonas de servicios regionales, SR, estarán sujetas al cumplimiento de los lineamientos que se establecen en la siguiente tabla:
Cuadro 27 ZONAS DE SERVICIOS REGIONALES, SR 2 Superficie mínima de lote 1200 m Frente mínimo del lote 20 metros lineales Coeficiente de ocupación del suelo (C.O.S.) 0.8 Coeficiente de utilización del suelo (C.U.S.) 2.4 Altura máxima de la edificación R Cajones de estacionamiento Ver cuadro 48 % de frente jardinado 20% Restricción frontal 5 metros lineales* Restricción posterior Sin restricción Modo de edificación Variable R Las resultantes de aplicar los coeficientes de ocupación y utilización del suelo. * La restricción frontal se aplica a calle local, para otro tipo de vialidad, ver capítulo VI de este Reglamento.