Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 399

Reglamento Estatal de Zonificación· Título Séptimo. Organización de la Función Pericial › Capítulo III. Los Peritos de Obra

Los peritos de obra tienen la función de dirigir la ejecución de las obras de urbanización o edificación que le sean encomendadas, cuidando bajo su responsabilidad, que se realicen estrictamente de acuerdo a los proyectos aprobados por la autoridad municipal, las Leyes y reglamentos que correspondan. En el primer caso se denominarán Peritos de Obra de Urbanización, y tendrán como función, el dirigir la ejecución de las obras de urbanización que le sean encomendadas. En el segundo caso, se les denominarán Peritos de Obra de Edificación, y tendrán como función específica: cuidar bajo su responsabilidad que se realicen las obras de acuerdo a los proyectos aprobados por la autoridad municipal.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.