Para las zonas de granjas y huertos, tipo GH, las obras mínimas de urbanización que se exigirán son las siguientes:
I. Red de abastecimiento de agua potable con tomas, domiciliarias;
II. Fosas sépticas para disposición de aguas residuales de origen doméstico;
III. Sistema de drenaje pluvial;
IV. Red de electrificación para uso doméstico, instalación aérea;
V. Alumbrado público;
VI. Guarniciones prefabricadas;
VII. Banquetas de material pétreo o similar;
VIII. Pavimentos de terracería balastreada, empedrado o similares;
IX. Señalamiento; y 159 X. Mobiliario urbano, arbolado y jardinería en vialidades vehiculares y peatonales, áreas verdes y de esparcimiento, y áreas de cesión.