Dimensiones mínimas de puertas.
Cuadro 41 PUERTAS TIPO DE EDIFICACIÓN TIPÓ DE ESPACIO ANCHO MÍNIMO ALTURA MÍNIMA (METROS) (METROS) HABITACIÓN ACCESO PRINCIPAL 0.90 2.05 LOCALES HABITABLES, 0.80 2.05 COCINAS, PLANCHADO.
BAÑOS 0.60 2.05 OFICINAS ACCESO PRINCIPAL 0.90 2.10 COMERCIO ACCESO PRINCIPAL 0.90 2.10 ASISTENCIA SOCIAL DORMITORIOS EN ASILOS 0.90 2.10 ORFANATORIOS CENTROS DE INTEGRACION, INTERNADOS Y SIMILARES.
LOCALES COMPLEMENTARIOS. 0.80 2.05 EDUCACIÓN, CULTURA Y TEMPLOS ACCESO PRINCIPAL 1.20 2.40 EDIFICIOS PARA AULAS 1.00 2.10 ESPECTÁCULOS, CENTROS DE REUNIÓN ALOJAMIENTO ACCESO PRINCIPAL 1.80 2.40 ENTRE VESTIBULO Y 1.20 2.10 SALA.
ACCESO PRINCIPAL 1.20 2.10 CUARTOS DE HOTELES, 0.90 2.10 MOTELES Y CASA DE HUÉSPEDES OBSERVACIONES PARA ANCHURAS DE PUERTAS, PASILLOS Y ESCALERAS GENERALES:
Estas anchuras se refieren al ancho de las hojas, suponiéndolas con de 4 centímetros o menos de espesor. La anchura de boquillas con jambas metálicas será la de las hojas; cuando se trate de jambas de madera las boquillas deberán ensancharse en 5 centímetros más. Si las hojas tienen un espesor más de 4 centímetros ó bien las jambas cuentan con un ancho de más de 2.5 centímetros el excedente deberá incrementarse al ancho del vano. 141 En el caso de puertas de salas de espectáculos a vía pública deberán tener una anchura total de por lo menos la suma de las anchuras reglamentarias de las puertas entre vestíbulo y sala.
En sala de espectáculos, el total de la anchura de las puertas que comuniquen a la calle con los pasillos internos de acceso o salida, deberán ser por lo menos, igual a la suma de las anchuras de las puertas, que comuniquen el interior de la sala con los vestíbulos. Si existe desnivel entre el piso de la sala y la vía pública, este se resolverá mediante rampas cuya pendiente máxima será del 10 por ciento.
En las salas y conjuntos destinados a espectáculos, deportes, educación, reuniones, eventos, restaurantes, salones de baile, terminales de transporte, hoteles, oficinas, comercios y demás donde haya congregación masiva de personas, la anchura de las puertas y pasillos de salida de cada uno de los espacios en lo individual y en sus posibles zonas de acumulamiento, deberá calcularse para evacuar a los asistentes en un tiempo máximo de 3 minutos en situaciones de emergencia, considerando que una persona puede salir por una anchura libre y sin obstáculos ni bordes, de 60 centímetros y recorrer 1 metro en un segundo. Por lo tanto, la anchura de estos elementos siempre deberá ser múltiplo de 60 centímetros y con la anchura mínima de 1.20 metros.
En caso de que las salidas sean por escaleras, las anchuras se calcularán suponiendo velocidades de
0.60 metros por segundo.
Para estos cálculos, se sumarán las entradas y salidas normales con las salidas de emergencia, sin embargo, cuando por razones de funcionamiento las salidas de emergencia se usen en forma independiente de los pasillos y puertas de acceso, estas salidas de emergencia deberán cumplir con la totalidad de las anchuras aún cuando existan otras puertas y pasillos para los ingresos.
Para el cálculo de las anchuras de estos elementos, primeramente deberá establecerse el cupo de los espacios de acuerdo a los índices correspondientes o posibilidades máximas de ocupación de cada uno, para luego poder determinar, de acuerdo a dichos cupos, las anchuras de puertas y elementos de circulación.