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Artículo 65

Reglamento del Supremo Tribunal de Justicia· Título Segundo. DE LOS ORGANOS ADMINISTRATIVOS AUXILIARES DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA › Capítulo V. DEL DEPARTAMENTO DE ARCHIVO Y ESTADÍSTICA

Son obligaciones y atribuciones del Jefe del Departamento de Archivo y Estadística, las siguientes:

I.- Permitir el ingreso al área específica para consulta de expedientes, a los litigantes o personas que justifiquen interés jurídico, y que, por lo tanto, requieran el acceso o consulta de expedientes, así como de documentos y constancias a su cargo;

II.- Guardar el más estricto orden en el local del archivo, sin permitir que se fume en él o se ejecuten actos que pongan en riesgo el estado y conservación del archivo; 14 III.- Llevar la estadística de todos los asuntos del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, separándola por materia, instancia, delitos, acciones, procedimientos de los delincuentes (zona rural o urbana), número de incisos, causas determinadas, los motivos de terminación y todo lo necesario para su efectivo control. Para ello diseñará los formatos para recabar la información mensual de cada dependencia del Supremo Tribunal;

IV.- Presentar mensualmente al Presidente el informe estadístico que guardan los asuntos que se ventilan en las dependencias del Supremo Tribunal;

V.- Proporcionar a los magistrados la información que le requieran;

VI.- Elaborar gráfica de seguimiento, cuadros de concentración y en general todo lo que facilite un conocimiento general del estado que guarda la administración de justicia, desde el punto de vista estadístico; y VII.- Realizar además todas las tareas inherentes a su función que le encarguen el Presidente y el Pleno.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.