El Jefe de esta unidad departamental, tendrá las siguientes facultades y obligaciones:
I.- Recibir en el horario de labores, los escritos dirigidos al Supremo Tribunal y turnarlos inmediatamente a la Presidencia, a la Secretaría de Acuerdos, a la Sala, a la Dirección o en general a la dependencia que corresponda;
II.- Turnar a la Sala competente, los asuntos que a la misma se le asignen, conforme a la Ley y al acuerdo que sobre el particular, emita el Presidente del Supremo Tribunal;
III.- Enviar para su publicación en el Boletín Judicial, una relación de los asuntos turnados a las Salas, expresando el nombre del ocursante y el número de folio asignado; y IV.- Recibir las promociones y escritos dirigidos al Supremo Tribunal presentados fuera de horas hábiles en el espacio o lugar que acuerde el Pleno.
Este acuerdo deberá ser publicado en el Boletín Judicial.