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Artículo 61

Reglamento del Supremo Tribunal de Justicia· Título Segundo. DE LOS ORGANOS ADMINISTRATIVOS AUXILIARES DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA › Capítulo II. DE LA DIRECCIÓN DE CONTRALORÍA, AUDITORÍA INTERNA Y CONTROL PATRIMONIAL › Sección Primera. DEL DEPARTAMENTO DE CONTRALORÍA

Son obligaciones y atribuciones del Jefe del Departamento de Contraloría:

I.- El seguimiento a la aplicación de todas las disposiciones de las leyes y de este Reglamento que establezcan obligaciones a las dependencias del Supremo Tribunal;

II.- Asesorar a los servidores públicos del Supremo Tribunal de Justicia respecto a la forma en que habrán de rendir su declaración patrimonial y proporcionar los formatos que les requieran;

III.- El control, registro y verificación de las declaraciones de situación patrimonial de los servidores públicos del Supremo Tribunal, así como, asegurar el sigilo y su confidencialidad.

IV.- Informar al Pleno y al Presidente, de las irregularidades que advierta en el ejercicio de la atribución mencionada en la fracción que antecede, a través de la Dirección;

V.- Controlar los bienes que integran el patrimonio físico del Supremo Tribunal, a través de la identificación, codificación, registro y resguardos respectivos;

VI.- Procesar y mantener actualizada la información relativa al aseguramiento de los bienes; 12 VII.- Evaluar y en su caso tramitar la baja de bienes patrimoniales que por su ciclo de utilización y sus condiciones no sean funcionales; y VIII.- Las demás que le sean asignadas por la Dirección.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.