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Artículo 53

Reglamento del Supremo Tribunal de Justicia· Título Segundo. DE LOS ORGANOS ADMINISTRATIVOS AUXILIARES DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA › Capítulo I. DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN, RECURSOS HUMANOS, MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES › Sección Segunda. DEL DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD Y CUENTA PÚBLICA

Son obligaciones y atribuciones del Jefe del Departamento de Contabilidad y Cuenta Pública, las siguientes:

I.- Registrar todos los ingresos, atendiendo su clasificación;

II.- Registrar todos los egresos, atendiendo la clasificación del presupuesto de egresos;

III.- Realizar mensualmente los estados de ingresos y egresos, soportados con registros contables;

IV.- Elaborar mensualmente el balance general, con base en los registros, así como el reporte de presupuesto de egresos contra lo ejercido;

V.- Ordenar cronológicamente el soporte documental de los movimientos que amparen pólizas e ingresos, egresos y diario;

VI.- Recopilar y conservar toda la facturación de adquisiciones de mobiliario y equipo, vehículos, herramientas, etc.;

VII.- Recopilar y conservar todo tipo de contratos, al terminar su vigencia;

VIII.- Llevar los registros de servicios auxiliares necesarios;

IX.- Conservar los libros mensuales de contabilidad, así como los estados financieros;

X.- Integrar la cuenta pública mensual conforme a los estados financieros;

XI.- Integrar el expediente de declaraciones, respecto a las retenciones y aportaciones del Impuesto sobre la Renta, al Instituto Mexicano del Seguro Social y Pensiones del Estado u otros semejantes;

XII.- Efectuar conciliaciones bancarias de los registros contables contra el soporte documental; y XIII.- Las demás que le indique el titular de la Dirección de Administración, Recursos Humanos, Materiales y Servicios Generales, en el ámbito de su competencia.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.