Los miembros de la Comisión tendrán voz y voto; sus cargos serán honoríficos y durarán en su cargo hasta el término de la administración del Poder Legislativo o hasta la fecha de su separación del H. Poder Legislativo, o hasta en tanto mantengan su representación.
Artículo 11
Reglamento del Servicio Civil de Carrera del Poder Legislativo· Capítulo III. DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN.
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.