Los internos del Reclusorio Preventivo de Guadalajara podrán someterse voluntariamente, al sistema de tratamiento que establezca la institución. Su colaboración, será tomada en cuenta para los efectos de que se les conceden, en su caso, los beneficios que establece la Ley de Ejecución de Penas Privativas y Restrictivas de la Libertad.
Artículo 2
Reglamento del Reclusorio Preventivo de Guadalajara· Título I › Capítulo I
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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