Las autorizaciones para el aprovechamiento de los recursos forestales implican la obligación de hacer un aprovechamiento sustentable de ese recurso. Cuando las actividades forestales deterioren gravemente el equilibrio ecológico, afecten la biodiversidad de la zona, así como la regeneración y capacidad productiva de los terrenos, la autoridad de Ordenamiento Territorial Ecológico solicitará a la autoridad competente la revocación, modificación o suspensión de la autorización respectiva en términos de lo dispuesto por la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
Artículo 51
Reglamento del Programa de Ordenamiento Ecológico Territorial del Municipio de Zapopan, Jalisco· Capítulo Séptimo. Del Aprovechamiento › Sección Segunda. Del Aprovechamiento Sustentable del Suelo y sus Recursos
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