Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 47

Reglamento del Programa de Ordenamiento Ecológico Territorial del Municipio de Zapopan, Jalisco· Capítulo Séptimo. Del Aprovechamiento › Sección Primera. Aprovechamiento Sustentable del Agua a través de la Prestación del Servicio Público de Agua Potable, Drenaje, Alcantarillado, Tratamiento y Disposición de Aguas Residuales

Las autoridades en materia de Ordenamiento Territorial Ecológico promoverán y vigilarán ante las autoridades competentes en materia de aguas tales como la Comisión Estatal del Agua, el Sistema Intermunicipal de Agua Potable y Alcantarillado y el Organismo de Cuenca Lerma-Santiago-Pacífico, la observancia de los criterios ambientales de este reglamento a efecto de garantizar el abasto de agua de los asentamientos humanos del municipio tanto en cantidad como en calidad.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.