Del director. 8 1. El Director del Instituto es designado por el Presidente Municipal y tiene las facultades y obligaciones que le otorguen el presente ordenamiento, el Ayuntamiento, el Presidente Municipal y las leyes y demás ordenamientos que resulten aplicables.
Artículo 20
Reglamento del Instituto Municipal de Atención a la Juventud de Jamay· Título Único › Capítulo III. Del régimen interior del Instituto › Sección Cuarta. Del Director Generar del Instituto
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Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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