El Coordinador Operativo, además de lo anterior, tendrá las siguientes facultades y obligaciones.
I. La operatividad y buen funcionamiento de la regularización de predios rústicos de la pequeña propiedad en el Estado;
II. La Supervisión de las personas contratadas para este programa en el desempeño de sus funciones;
III. Informar mensualmente del avance del programa al Secretario Ejecutivo; y IV. Las demás que le confiera el Comité.